Por los fundamentos y razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SEDE MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA: Despacho Saneador y requiere de la solicitante 1) Copia certificada legible del acta de matrimonio de los ciudadanos RAFAEL ANGEL URDANETA ANDRADE y ANA ADELAIDA VILLALOBOS. 2) EXHORTA al solicitante a consignar dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la publicación de la presente sentencia, la documentación señalada y requerida, con la advertencia que el incumplimiento de ello dará lugar a resolver con base a los recaudos que cursan en el expediente.