Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SEDE MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1) PERECIDO el recurso de apelación propuesto por la ciudadana ANA KARINA SOTO CAMACARO contra sentencia de fecha 30 de octubre de 2018, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, mediante la cual niega la solicitud de reposición de la causa presentada por la ciudadana ANA KARINA SOTO CAMACARO, en acción reivindicatoria iniciada por la ciudadana ZULMA PAOLA PÉREZ VILLASMIL contra el ciudadano NORBERTO ENRIQUE URDANETA SÁNCHEZ.. 2) NO HAY condenatoria en costas por el carácter de la decisión.