Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por la Abogada FATIMA SEMPRÚN, Defensora Pública Segunda (2°) en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres, adscrita a la Unidad de Defensa Pública, actuando en su carácter de Defensora del Ciudadano YERITZO ALBERTO GALUE PARRA, plenamente identificado en actas, en contra de la Decisión de fecha 27-04-2016, publicado el texto in extenso en la misma fecha bajo Resolución No. 668-16, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, con Competencia en Materia de Violencia Contra Las Mujer.....