En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Se declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia, en el presente RECURSO DE ABSTENCIÓN, presentado por la ciudadana GLORIA MABEL VILLARROEL SÁNCHEZ, titular de la Cédula de Identidad número 11.888.156, representada judicialmente por la abogada en ejercicio LANNY ROJAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 181.372, en contra de la resolución signada con el número 0001-17-07-2.014, dictada por el CONCEJO MUNICIPAL BOLIVARIANO DEL MUNICIPIO CABIMAS DEL ESTADO ZULIA, mediante la cual la alcaldía Bolivariana del municipio Cabimas del Estado Zulia le dan en venta a la ciudadana YAINE MARLENE SALAS una parcela de terreno. Déjese copia certificada por Secretarí.....