Este Juzgado Superior Segundo Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano JOSÉ RAMÓN DURAN CÁRDENAS contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA, por órgano del CUERPO DE POLICÍA BOLIVARIANA DEL ESTADO ZULIA y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo contenido en la decisión Nº CDP-ZULIA-003-2020, de fecha 20 de septiembre de 2020, suscrita por miembros del Consejo Disciplinario, a través de la cual se destituyó del cargo de supervisor agregado (CPBEZ) al ciudadano José Ramón Durán Cárdenas, por estar incurso dentro de la causal de destitución contenida en los numerales 3°, 4° , 8°, y 13° de la Ley del Estatuto de la Función Policial en concordancia con el artículo 86 numeral 6° de la Ley del Estatuto de la Función.....