Este Juzgado Superior Segundo Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: NO ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA por el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana. SEGUNDO: INCOMPETENTE para el conocimiento en primera instancia de la presente causa. TERCERO: Plantea CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA ante la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. CUARTO: Ordena REMITIR el presente expediente a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.