Este Juzgado Superior Segundo Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE DECLARATORIA DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN efectuada por la abogada Adriana Tavares Sánchez, inscrita en el Inpreabogado Nº 112.990, actuando en representación de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; en consecuencia, SE ORDENA la continuación del procedimiento.