Este Juzgado Superior Segundo Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano EDIXON GOTERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.608.454, contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.I.C.P.C). SEGUNDO: SE DECLARA la NULIDAD ABSOLUTA de la notificación Nro. 700-104, de fecha 15 de julio de 2014, suscrita por la Lcda. Caira Zamora de Kessler, en su condición de Coordinadora Nacional de Recursos Humanos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C), a través de la cual se le informó al ciudadano Edixon Gotera que le había sido otorgado el beneficio de jubilación. TERCERO: SE ORDENA la REINCORPORACIÓN del ciudadano Edixon Gotera al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penal.....