este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia, se ha EXTINGUIDO LA INSTANCIA en el presente el recurso contencioso administrativo de nulidad, incoado por la Sociedad Mercantil TOP SHOES, C.A., en contra de la Providencia Administrativa Nº 180, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia – sede Maracaibo, en fecha 31 de julio de 2009, con el cual se resuelve Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano Juan Carlos Boscán Pérez, antes identificado.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.