II DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN por la PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con Amparo Cautelar, que sigue la Sociedad Mercantil AUTO TALLERES POLO, C. A, contra la DIRECCION ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ZALIA Y FALCON, ADSCRITO AL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORAL (INPSASEL)