PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto por motivo de Divorcio 185-A, solicitado por los ciudadanos JOHANNA JOSEFINA COLMENAREZ BERMUDEZ y DERWIS SEGUNDO SOTO MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 14.833.400 y V- 15.719.711, respectivamente, domiciliados en el Maracaibo del Estado Zulia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria, de conformidad con el artículo 248 del código de procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil, y los numerales 3 y 9 del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Expídase asimismo copias certificadas de la presente resolución a la parte solicitante y devuélvase los documentos originales, previa certificación de los mismos en actas.