Decretar la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre: el Cincuenta por Ciento (50%) de las prestaciones Sociales, y Fideicomiso que le pueda corresponder al demandado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, como empleado del Sistema Regional de Salud, y en tal sentido, a los fines de ejecutar la medida decretada, se ordena oficiar al departamento de recursos humanos del Ministerio de Salud, a fin de informarle lo decidido por este Juzgado.