1. CON LUGAR la demanda de Colocación familiar intentada por la ciudadana Almida Raquel Méndez Romero, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V- 4.990.488, en contra de los ciudadanos Manuel Ernesto Oñate Chinhilla y Lisneidy Carolina Quintero La Cruz, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos. V- 17.293.759 y V- 19.393.499, respectivamente, a favor del niño Axel David Oñate Quintero, de diez (10) años de edad.
2. DICTA la medida de protección de Colocación familiar bajo la modalidad en familia sustituta, en beneficio del niño Axel David Oñate Quintero, por lo que su Responsabilidad de Crianza y representación (en materia de educación, salud y de obtención de documentos públicos de identidad) serán ejercidas por la ciudadana Almida Raquel Méndez Romero, quien deberá cumplir con todas las obligaciones que esta institución familiar comporta. Esta medida de protección es provisional y se deberá evaluar cada seis (6) meses, para v.....