1. CON LUGAR la demanda de Divorcio Ordinario intentada por el ciudadano Alberto Antonio Morales Guerrero, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-9.733.343, en contra de la ciudadana Lorenis de los Ángeles Bracho Bravo, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-13.176.199; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Registro Civil de la parroquia Francisco Ochoa del municipio San Francisco del estado Zulia, en fecha 21 de septiembre de 1991, únicamente con fundamento en la causal segunda (2ª) del artículo 185 del Código Civil.
2. En relación con la Obligación de Manutención para la joven adulta Nerimar de los Ángeles Morales Bracho, se resuelve lo establecido en la parte motiva del presente fallo, en el capítulo III titulado "De las Instituciones Familiares", cuyo contenido aquí se da por reproducido.
3. CONDENA en costas a la parte demandada por haber sido vencida totalmente en el present.....