1. CON LUGAR la demanda de Colocación familiar intentada por los ciudadanos Wilmer Alexis y Belkis Gisela González Montiel, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-7.894.788 y V-7.771.610, en contra de la ciudadana Erika Anais González González, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V- 19.460.298, a favor de los niños (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), nacidos los días 22 de agosto de 2006 y 21 de febrero de 2008, de diez (10) y nueve (9) años de edad, respectivamente.
2. DICTA la medida de protección de Colocación familiar bajo la modalidad en familia de origen extendida, en beneficio de los niños de autos, por lo que su Responsabilidad de Crianza será ejercida por los ciudadanos Wilmer Alexis y Belkis Gisela González Montiel, quienes deberán cumplir con todas las obligaciones que esta institución familiar comporta. Esta medida de protección es provisional y se deberá evaluar cada seis (6) meses, para verif.....