1. CON LUGAR la demanda de Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, incoada por el ciudadano Ronald Júnior Chacin Urdaneta, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 20.058.857, en contra de la ciudadana Karen Elena Petit León, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-22.362.652, en relación con el niño (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), nacido el 18 de febrero de 2016, de un (1) año de edad; en consecuencia,
2. FIJA el siguiente régimen de convivencia familiar:
• Entre semana el progenitor podrá retirar a su hijo del hogar materno los días martes y jueves a las cinco de la tarde (5:00 p.m.) para compartir con él hasta las siete y treinta de la noche (7:30 p.m.), cuando deberá retornarlo al hogar materno. Ambos padres deben procurar que las entregas se hagan con la mayor seguridad posible y pueden utilizar a un familiar o persona de confianza que ayude durante las entregas, (de ser necesario), así como, una libre.....