declara:
1. CON LUGAR la demanda de Divorcio intentada por el ciudadano José Ángel Áñez Rondón venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 12.179.076, en contra de la ciudadana Lilibeth Jacqueline Sarmientose, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V- 14.028.915; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Registro Civil de la parroquia El Bajo del municipio San Francisco del estado Zulia, en fecha 03 de diciembre de 1996, con fundamento en la causal segunda (2ª) del artículo 185 del Código Civil.
2. En relación con las INSTITUCIONES FAMILIARES para la adolescente (identidad omitida, artículo 65 LOPNNA), de quince (15) años de edad, se resuelve lo establecido en la parte motiva del presente fallo, en el capítulo II titulado "De las Instituciones Familiares", cuyo contenido aquí se da por reproducido.
3. CONDENA en costas a la parte demandada por haber sido vencida totalmente en el presente j.....