1. CON LUGAR la demanda de Divorcio ordinario intentada por el ciudadano Alcides Antonio Araujo Sánchez, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-9.756.519, en contra de la ciudadana Yasmin Coromoto Negrette Labarca, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-14.544.256; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Registro Civil de la parroquia Francisco Ochoa del municipio San Francisco del estado Zulia, en fecha 7 de octubre de 1995, únicamente con fundamento en la causal segunda (2ª) del artículo 185 del Código Civil.
2. En relación con las INSTITUCIONES FAMILIARES para el adolescente de autos, se resuelve lo establecido en la parte motiva del presente fallo, en el capítulo III titulado "De las Instituciones Familiares", cuyo contenido aquí se da por reproducido.
3. CONDENA en costas a la parte demandada por haber sido vencida totalmente en el presente juicio, de conformidad con lo estable.....