Declara:
1. CON LUGAR la demanda de Colocación Familiar intentada por los ciudadanos Silvia María Peluffo García y Guillermo Eloy Castellano, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos. V- 13.496.121 y V- 8.504.269, respectivamente, en contra de la ciudadana Emily Cristina Sánchez Peluffo, venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 8.504.269, y a favor de la niña (identidad omitida, artículo 65 LOPNNA), de cinco (5) años de edad.
2. DICTA la medida de protección de Colocación Familiar bajo la modalidad en familia de origen extendida, en beneficio de la niña (identidad omitida, artículo 65 LOPNNA), por lo que su Responsabilidad de Crianza será ejercida por los ciudadanos Silvia María Peluffo García y Guillermo Eloy Castellano, quienes deberán cumplir con todas las obligaciones que esta institución familiar comporta. Esta medida de protección es provisional y se deberá evaluar cada seis (6) meses, para verificar si las circunstanc.....