- CONCEDE la autorización a la ciudadana Milangela Chiquinquirá Chávez, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.371.034, para que en representación de la adolescente (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), de 13 años de edad, nacida en fecha 27-07-2003, reciba en cheque de gerencia a nombre del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo; las cantidades de dinero que al mismo le corresponda, dejado al fallecimiento del ciudadano Mauricio Ramón Bravo Villalobos, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.624.290, quien falleció ab-intestato, en fecha 17 de febrero de 2016, quien laboraba para la empresa CONRECA, CENTRO 99., sin perjuicio a que hubiera lugar para con el Fisco Nacional.