• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos YUBISAY MIQUELENA SALCEDO y ALVARO HERNANDEZ ANDRADE, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nos. 13.471.824 y N° 13.593.321, respectivamente.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha 17 de Abril de 1993, ante la Jefatura Civil de la parroquia Libertad del Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, según consta en el acta de matrimonio No. 74, que contrajeron los ciudadanos YUBISAY MIQUELENA SALCEDO y ALVARO HERNANDEZ ANDRADE.
• Se homologa los acuerdos relativos a las Instituciones Familiares, es decir, Patria Potestad y Crianza es compartida entre ambos padres, y en cuanto a la Custodia como atributo de la Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar en beneficio de los adolescentes ALVARO JOSE, JOSE MANUEL y JOSE DAVID HERNANDEZ MIQUELENA, acordados en sesión de mediación y c.....