DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, TERMINADO EL PROCESO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto contentivo de Liquidación de Comunidad Conyugal, intentado por las abogadas en ejercicio KATERINE PEÑA Y EMILY RIVERA, inscritas en el Inpreabogado bajo el No. 228.297 y 188.728, respectivamente, actuando con el carácter de aperadas judiciales del ciudadano JESUS CAMARGO DAVALILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.850.406, en contra de la ciudadana XIOHAMA ALEJANDRA PEREIRA PAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.444.409, de conformidad con lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del presente asunto.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.