Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: Se DECLARA SIN LUGAR LA DESESTIMACIÓN DEL ESCRITO ACUSATORIO planteado por la defensa técnica, en escrito de oposición de la acusación fiscal, por los fundamentos esgrimidos en la parte motiva de la presente decisión. SEGUNDO: Se DECLARA SIN LUGAR, la petición de la defensa técnica respecto al cambio de calificación jurídica del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y PORTE ILICITO DE ARMAS, previsto y sancionado en el articulo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. TERCERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de revi.....