- III -
- DISPOSITIVA -
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, propuesta por los ciudadanos LEONEL ARMANDO FERREIRA PICÓN y CLEDIS BENITA ALMARZA DIAZ,, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.147.438 y V-5.166.985 respectivamente, ambos ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha diecisiete (17) de marzo del Dos Mil siete (2007), por ante la Coordinadora de Registro Civil la Parroquia Isla de Toas del Municipio Almirante Padilla del estado Zulia, anotada bajo el Acta N° 06, inserta en el Libro para Matrimonios que llevó dicho ente publico en el año 2007.
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