En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, iniciara la ciudadana LEIDI GLENDA MORAN MOLERO, madre de los niños (SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA L.O.P.N.N.A), y en contra del ciudadano HENRY PETER VALLADARE MORAN. En consecuencia, queda extinguido el procedimiento y suspendidas las medidas preventivas de embargo decretadas en el juicio en fecha 29 de junio de 2011.
Por la índole de la decisión no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la parte accionante.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mara, Páez y Almirante .....