Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial NO. 693/15 de fecha 02/06/2015 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos WILLIAM TRINIDAD FUENMAYOR PIRELA Y DEXSY ANA MARQUEZ, titulares de la cedula de identidad No. V- 7.827.354 y V- 9.836.703, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado ENGLIS ENRIQUE ARAUJO ORTEGA, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 157.015, en consecuencia se declara disuelto en divorcio el vinculo matrimonial que contrajeran los precitados ciudadanos, en fecha veintinueve (29) de abril del 2005, por ante el Registrador Civil de la Parro.....