Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, éste TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE LA CONVERSION EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos solicitada por los ciudadanos JOSE ANDRES URDANETA PEROZO y EMILY REINA CANUA CAMACHO, supra identificados, en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo Estado Zulia, en fecha nueve de agosto del dos mil trece (2013), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio No.234, expedida por la referida autoridad civil.- Así se Decide.-
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