Por lo antes expuesto, este Juzgado Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Incompetente por la Cuantía, para conocer del presente asunto, y Declina el conocimiento del mismo a cualquier Juzgado de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, que por efectos de la redistribución le sea asignado. Así se Confirma.- Remítanse las presentes actuaciones, con oficio, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Sede Judicial Torre Mara del Municipio Maracaibo Estado Zulia, en la oportunidad procesal correspondiente. –