Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio en atención al criterio jurisprudencial No.1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurado por el ciudadano DANILO ENRIQUE PARRA BASTIDAS en contra de la ciudadana MONICA PATRICIA BERMUDEZ ESPEJO, identificados ut supra, en consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha 15 de noviembre del 2006, por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo Estado Zulia, Acta No. 419, expedida por la referida autoridad.- ASI SE DECIDE.-
No