DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDIANRIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
5) INADMISIBLE: la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO presentada por el ciudadano GUSTAVO RODOLFO LOPEZ PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.860.683, de este domicilio, asistido por la abogada JAHIDY COROMOTO CARDENAS PARRA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado Nº 103.262, de este domicilio.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ord.....