DISPOSITIVO DEL FALLO
En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) INADMISIBLE la solicitud accionada por NEUCRATES DE JESUS PARRA MELEAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.648.831, de este domicilio, asistida por el abogado HUGO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado Nº 9.243, de este domicilio, en contra de los ciudadanos EDWUIN JOSÉ MOLLEDA DELGADO y MARITZA DEL CARMEN MAVAREZ VILLAVICENCIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 9.520.290 y 7.734.167, de este domicilio, por solicitud de DERECHO DE ACCESION.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
No hay condenación en costas por la naturaleza del presente fall.....