En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) SE NIEGA LA PRACTICA: De la solicitud accionada por GUSTAVO EMERSON SUAREZ ALVAREZ y EVENIO SIMON MENDEZ LUZARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 15.163.431 y 13.000.327 respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistidos legalmente por la abogado YANIRA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 52.937, de este domicilio, por solicitud de INSPECCION JUDICIAL.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
No hay condenación en costas por la naturaleza del presente fallo.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido.....