DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: YESENIA MARGARITA AGUILAR FONSECA Y DAGOBERTO BERMUDEZ PARRA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.748.297 y V-15.281.028 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día Veinticuatro (24) de Noviembre de Dos mil Siete (2007), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Marcial Hernández de Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el Nº 61.
2) Cúmplase con el proveimie.....