Con mérito en los argumentos antes expuestos este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR: La demanda incoada por el ciudadano SORAIDA DE JESUS CEDEÑO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.274.215, de este domicilio, representada legalmente por los abogados JOSÉ BERMUDEZ, XIOMARA PIRELA, ANTONIA VILLASMIL y LEIZMAN ARRIETA, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado Nº 61.914, 60.549, 48.426 y 91.189 respectivamente, de igual domicilio, en contra de la ciudadana MINERVA DEL CARMEN QUINTERO LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.539.651, de este domicilio por DESALOJO. Se ordena a la parte demandada hacer entrega del inmueble constituido por inmueble ubicado en el Barr.....