Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la falta de interés en el trámite de la solicitud interpuesta por los ciudadanos JAIRO SEGUNDO CARRASQUERO ORTEGA y ERIKA FRANCISCA ALVAREZ MILIAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de Identidad Nros. V-10.443.125 y V-12.805.423, respectivamente, el primero domiciliado en esta ciudad de Maracaibo del estado Zulia, y la segunda domiciliada en la República de Panamá, y consecuencialmente terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo de la solicitud.
Se acuerda remitir el presente expediente a la Oficina de Archivo Judicial, previa inclusión en el legajo correspondiente.
Publíquese. Regístrese.
Déjese copia certif.....