Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la falta de interés en el trámite de la acción interpuesta por los ciudadanos WILLIAN ENRIQUE MUÑOZ BARROSO Y DAYANA CHIQUINQUIRA JACKSON CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedula de Identidad Nros V-21.490.484 y V-21.075.823 respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistido por el abogado en ejercicio, MARCEL CUEVA MENDEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.821, y de igual domicilio, y consecuencialmente terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo de la causa.
Se acuerda remitir el presente expediente a la Oficina de Ar.....