este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado, en tal sentido, a tenor de lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, declara en estado de ejecución la sentencia de divorcio dictada de conformidad con el criterio Jurisprudencial establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 02 de junio de 2015, Exp. Nº12-1163, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Mérchan, por este Órgano Jurisdiccional en fecha 20 de Septiembre de 2021, misma que declarara con lugar la solicitud de divorcio y disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos Adaraida Josefina Rodríguez Bastidas y José Luis Almarza García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 11.290.329 y 12.379.325, respectivamente.