Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante LUIS ANGEL OLANO VILCHEZ, a los ciudadanos LUIS ALFONSO OLANO MARTINEZ e IRAIS YANINA OLANO DE ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V.- 5.167.508 y V.-5.042.585, respectivamente, en su condición de HIJOS del de cujus. Se dejan a salvo los derechos de terceros.