DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos María Chiquinquirá Sánchez Bastidas y Óscar Antonio Luzardo Valderrama, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 17.184.667 y 16.920.431, respectivamente, asistidos por el abogado Rigoberto Manrique Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 210.534, en atención a la no consignación del físico de la solicitud y anexos presentada vía digital, y con ello su falta de firma de conformidad con la norma adjetiva civil.
SEGUNDO: Se hace saber a la parte interesada, que, a los efectos de interponer el recurso impugnativo correspondiente, en c.....