DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus PEDRO ENRIQUE CARROZ a los ciudadanos GRACIELA ANTONIA AÑEZ DE CARROZ, MARÍA EUGENIA, GUSTAVO JOSE, RICARDO ENRIQUE y GABRIELA DEL CARMEN CARROZ AÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 2.736.717, 7.640.284, 5.799.581, 7.640.263, 9.761.387, y de este domicilio, como esposa la primera e hijos los siguientes. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Se declara terminado el presente procedimiento; devuélvanse los originales y expídanse los juegos de copias certificadas conforme a lo solicitado.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjele copia certificada por Secretaría de conform.....