Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JUAN CARLOS BRACHO BORGES y SILVANA ANTONIA PERROTTA BELLINI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.112.809 y 9.762.779, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 23 de Diciembre de 1998, por ante el Prefecto y Secretario de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No.401.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que NO procrearon hijos; y NO poseen bienes que repartir.-
PUBLÍQUESE,.....