DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Procedente la Solicitud de Rectificación del acta de matrimonio N° 428 levantada el 27 de diciembre de 1986, por la Primera Autoridad Civil del antiguo Municipio Santa Lucia del Distrito Maracaibo estado Zulia.
SEGUNDO: donde se lee "...CONQUETH..." debe leerse "...CONQUETT..."
TERCERO: Se ordena oficiar al Registro Principal del estado Zulia y a la Primera Autoridad Civil de la parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo estado Zulia, haciendo la debida participación.
Se declara terminado el presente procedimiento; devuélvanse los originales previa certificación en actas y expídanse las copias certificadas necesarias.
PUBLÍQUESE.....