Este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO propuesta por los ciudadanos WILLIAM JOSÉ QUINTERO OLANO y LUBIS MARLENE PINTO CHOURIO MORA MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.802.993 y V-9.199.871, domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistidos por la abogada en ejercicio MARÍA AUXILIADORA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.691, de igual domicilio, fundamentado en el supuesto del mutuo consentimiento establecido en la sentencia No. 693 de fecha dos (2) de junio de 2.....