DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos DUBER JOSE FRANCO y SONISIDE DEL CARMEN RODRIGUEZ ESPINA, en fecha dieciséis (16) de Noviembre de 1987, por ante el extinto Juzgado del Municipio Padilla, Distrito Mara de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia tal y como se evidencia del acta de matrimonio signada con el No. 02, acompañada a los autos en copia certificada.
Se ordena oficiar al Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y d.....