Por los fundamentos expuestos este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, seguido por los ciudadanos DIEGO JOSE ABREU PEDRAÑEZ Y DIGLEYNIS CHIQUINQUIRA VILLALOBOS ALMARZA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-20.377.397 y V-20.860.772, respectivamente, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Jefe Civil y secretario de la Parroquia Caracciolo Parra Perez del municipio Maracaibo del estado Zulia, el dieciocho (18) de octubre de dos mil trece (2013), como se evidencia de Acta No.266, expedida por la mencionada autoridad civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del presente proceso.....