DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la Ley, DECRETA la medida preventiva innominada de restitución de la posesión del inmueble litigioso solicitada por el abogado en ejercicio LUIS ENRIQUE RIOS DIAZ , en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JOSE RAMON DURAN CARDENA, identificados en la parte narrativa de este fallo. Y ASÍ SE DECIDE.-
No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada .....