Por los fundamentos expuestos, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO; En consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ANA MERCEDES BARRIOS DE GONZALEZ y DOUGLAS GONZALEZ URDANETA, en fecha 30 de mayo de 2008, por ante el Concejo Municipal de la Cañada de Urdaneta del Estado Zulia tal y como se evidencia en el acta de matrimonio signada con el N° 120, acompañada copia certificada a la presente solicitud.
Se ordena oficiar al Registro Civil de la Parroquia Concepción del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia y al Registro Principal del Estado Zulia, a objeto que estampen la nota marginal correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Le.....