Por los fundamentos expuestos, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO, interpuesta por los ciudadanos, JUAN EDUARDO MONTES DE OCA y MARIA ALEJANDRA ESCALONA URDANETA, en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL, contraído en fecha doce (12) de noviembre de 2015, ante el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia, tal como se evidencia en el Acta de Matrimonio signada con bajo el N°. 329, acompañada a los autos en copia certificada.-
Se ordena Oficiar al Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia, y al Registro Principal del estado Zulia, a objeto de que estampen la Nota Marginal correspondiente.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el.....