PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, intentada por el ciudadano NUVIO RIXIO ROMERO AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.064.137 en contra de la ciudadana NERINA MARTA FERNANDEZ AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-5.833.782 en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia., de fecha 27 de septiembre del 1980, como se evidencia de Acta de matrimonio No. 962, expedida por la mencionada autoridad civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Déjese copia certificada del presente fallo por Secretaría, conforme a lo previsto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mar.....