En merito de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA., DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO en el presente juicio que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL incoare la ciudadana FRANCE BEATRIZ HIDALGO USECHE, sobre el inmueble de su propiedad constituido por un local, ubicado en la esquina de la avenida 11 y la calle 69, signado con el No. 10A-58, sector Tierra Negra, en jurisdicción de la parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de arrendamiento según contrato de arrendamiento privado.
Por último, la parte demandada conserva su derecho de retirar los bienes muebles de su propiedad que se encuentren en el interior del mismo, y para el caso de no hacerlo voluntariamente, el Tribunal podrá ordenar el correspondiente Depósito Necesario con arreglo a la Ley, haciéndosele.....